📕 subnode [[@rusp/derecho ambiental en tiempos de pandemia]] in 📚 node [[derecho-ambiental-en-tiempos-de-pandemia]]
  • Autor: [[Peña Chacón, Mario]]
  • En la obra de 1993 titulada “El humano, una especie en peligro“, el Maestro Ramón Martín Mateo nos advirtió sobre los posibles efectos catastróficos de una pandemia basada en el virus de la gripe.
  • En definitiva, habrá un antes y un después de esta pandemia, y el derecho ambiental no escapará a esta realidad.
  • Tengo claro que aún es temprano sacar conclusiones, pero es tiempos para reflexionar y repensar (una vez más) el objeto, fines y enfoque del derecho ambiental del siglo XXI, llamado hoy más que nunca, a asegurar la existencia misma de nuestra especie y a lograr que el Planeta continúe siendo un espacio operacional seguro para los humanos y las demás especies (ROCKSTROM 2009).
  • El enfoque de [[Derechos Humanos]] en el ámbito ambiental y de ecologización de los derechos humanos será primordial para alcanzar dicho objetivo, con especial énfasis en la seguridad humana (física, alimentaria, sanitaria, ambiental, económica y cultural) como pilar fundamental para nuestra supervivencia, sustento y dignidad.
  • Asimismo, será esencial la protección y el restablecimiento de la integridad de los ecosistemas, al igual que mantener y mejorar la resiliencia de los sistemas socio-ecológicos. Al efecto, la priorización del principio de sostenibilidad y resiliencia permitiría el mantenimiento de los procesos ecológicos esenciales, sin sobrepasar los límites planetarios. (PEÑA CHACÓN 2019)
  • Estando nuestra especie en peligro, se hace necesario volver a poner atención al derecho ambiental tradicional o clásico, ligado al derecho a la vida y el derecho a la salud, donde el ser humano, en estado de vulnerabilidad colectiva, vuelve a ser el sujeto base del derecho ambiental (CAFFERATTA 2006) y centro de las preocupaciones relativas al medio ambiente, tal y como lo disponen las Declaraciones estructurales de Estocolmo 1972 y Río 1992 una especie de “back to basics”.
  • Debemos tener claro que lo que estamos viviendo es un simple ensayo de lo que afrontaremos en los próximos años con la crisis climática.
  • En definitiva, en la era del Antropoceno, el derecho ambiental deberá ser efectivo o no será (ni seremos).
  • Referencias
  • Cafferatta, Néstor A., Derecho a la salud y Derecho ambiental, LLC 2006, 409, Derecho Constitucional – Doctrinas Esenciales Tomo II, 537, Argentina.
  • Peña Chacón, Mario, Ética Planetaria y Justicia Ecológica, Revista Posgrado en Derecho, setiembre 2019.
  • [1 Coordinador de la Maestría en Derecho Ambiental de la Universidad de Costa Rica. Profesor de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica y de las Maestrías en Derecho Ambiental y Derecho Público del Sistema de Estudios de Posgrados de la Universidad de Costa Rica. Miembro de la Comisión de Derecho Ambiental de la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza (UICN) y corresponsal nacional del Centré International de Droit Comparé de l´Environnement (CIDCE). Correo: mariopenachacon@gmail.com
  • [[Introducción a la Cuestión Ambiental]]
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